Medidas simplificadoras
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DOCUMENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Para hacer más sencilla la relación de ciudadanía y entidades con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) se ha publicado un Decreto (286/2010, de 5 de noviembre) para evitar la aportación de documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.
La ciudadanía y las entidades tienen derecho a no aportar datos y documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas. Éstas deben recabar las informaciones estando obligadas a facilitarse mutuamente los datos de que dispongan con el consentimiento de l@s interesad@s en el supuesto de datos de carácter personal.
Para reducir la carga burocrática que soportan ciudadanía y entidades, será el órgano administrativo competente quien asumirá la carga de obtención de documentación a través de medidas internas de coordinación y comunicación.
Se exceptúan procedimientos tributarios, la contratación pública, las actuaciones de aplicación de tributos, los de registros de licitadores, empresas clasificadas y fundaciones de la CARM.
En los procedimientos cuya tramitación o resolución corresponda a la CARM no se exigirá la presentación de los siguientes documentos:
- Aquellos cuya aportación no sea obligatoria por las normas aplicables al procedimiento de que se trate.
- Originales o copias compulsadas que siendo necesarios ya se encuentren en poder de la Administración, o que ésta pueda comprobar por técnicas telemáticas siempre que no hayan transcurrido cinco años.
Se crea un Catálogo de Simplificación Documental cuya gestión corresponde a la Consejería competente en materia de Administración Pública. Su contenido se publicará en el BORM y en www.carm.es
Quedan suprimidas las obligaciones de aportar por parte de l@s interesad@s los siguientes documentos:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o documento acreditativo de identidad para extranjer@s.
- Certificado de empadronamiento como documento probatorio de domicilio y residencia. Excepto cuando haya que acreditar un periodo de residencia, o se haya modificado el empadronamiento en los dos últimos meses, o no conste el domicilio en el Sistema de datos de residencia.
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificado o copia de declaración del impuesto sobre la Renta de las personas físicas.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social comprensiva de informe de alta laboral a fecha concreta.
- Certificado referente a la descripción o existencia de bienes inmuebles obrantes en el Catastro.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias con la CARM.
- Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad de la CARM referida al grado de minusvalía reconocido.
- Certificado o copia del documento acreditativo del título de familia numerosa reconocido y expedido por la Administración de la CARM.
- Certificado de la condición de pensionista no contributivo en cualquiera de sus modalidades. Siempre que el/la interesad@ resida y perciba la pensión en la CARM.
- Certificado e informes de cumplimiento de requisitos o inscripción en registros cuya emisión corresponda a órganos de la Administración de la CARM.
No podrá obligarse a l@s interesad@s a presentar otra documentación alternativa con idéntica finalidad.
La supresión de la obligación de aportar documentos previstos en este decreto no son de aplicación a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.
En procedimientos en los que la documentación debe entregarse a la Administración en sobre cerrado, se seguirá requiriendo su aportación hasta que no se habiliten medios que permitan su comprobación o verificación.
Para conocer todo el contenido de la nueva normativa: Decreto 286, de 5 de noviembre, sobre medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos de la Administración Pública de la CARM. (BORM 261, 11 de noviembre de 2010)

